Protección para lo que más importa
Personal capacitado, control de accesos y supervisión integral — operando bajo el marco de la Ley N°21.659 de seguridad privada, para que la seguridad de tu operación no dependa de la suerte.
Un guardia sin acreditar no es un ahorro. Es un pasivo.
Desde noviembre de 2025, la Ley N°21.659 exige a las empresas de seguridad privada — y en varios casos a quienes las contratan — cumplir con estudios de seguridad, acreditaciones y niveles de riesgo definidos. Contratar sin verificar ese cumplimiento traslada el riesgo directamente a tu empresa.
- Reemplazo garantizado ante ausencias, definido por contrato
- Personal acreditado bajo el nuevo esquema OS-10 digital
- Un solo interlocutor para toda tu operación de seguridad
Cobertura y control, de la portería al perímetro
Vigilancia y control de accesos
Porterías, recepción y control vehicular, con protocolos de ingreso adaptados a cada instalación.
Guardias acreditados OS-10
Personal verificado bajo el nuevo esquema de acreditación digital, con vigencia de 3 años.
Monitoreo y coordinación CCTV
Supervisión en terreno coordinada con la tecnología de video y alarmas que ya tiene tu instalación.
Estudios y protocolos de seguridad
Apoyo en el estudio de seguridad exigido por ley según el nivel de riesgo de tu instalación.
Operamos bajo la Ley N°21.659
Vigente desde el 28 de noviembre de 2025, moderniza la seguridad privada en Chile y traslada su fiscalización a la Subsecretaría de Prevención del Delito.
Resumen informativo, no constituye asesoría legal. MVS valida cada caso con su equipo de cumplimiento.
Las instalaciones se clasifican en riesgo bajo, medio o alto, con exigencias crecientes de estudios y medidas de seguridad.
La acreditación tradicional evoluciona a un esquema digital con vigencia de 3 años, verificable en el Registro de Seguridad Privada.
La Subsecretaría de Prevención del Delito autoriza empresas, aprueba estudios de seguridad y sanciona incumplimientos.
El incumplimiento puede derivar en multas de hasta 13.500 UTM — el cumplimiento del proveedor es hoy parte del riesgo de tu empresa.
Por qué las empresas eligen MVS para su seguridad
No competimos por precio hora. Competimos por lo que pasa cuando algo falla — y con qué rapidez lo resolvemos.
Selección rigurosa
Filtros y verificación de antecedentes antes de asignar a cualquier colaborador a tu instalación.
Cumplimiento documentado
Gestión normativa alineada a la Ley 21.659, que reduce tu exposición frente a la responsabilidad subsidiaria.
Reemplazo garantizado
Cobertura y tiempos de respuesta definidos por contrato ante ausencias — no promesas verbales.
Supervisión en terreno
Rondas y control de calidad del servicio, no solo un guardia dejado a su suerte en el puesto.
Reportabilidad
Bitácoras y reportes de novedades disponibles para tu equipo cuando los necesite.
Presencia en terreno, coordinada con tecnología
Nuestros guardias no operan aislados: se coordinan con las cámaras, alarmas y controles de acceso que ya tiene tu instalación, con protocolos claros de escalamiento ante cualquier novedad.
Así partimos contigo
Diagnóstico de riesgo
Levantamos tu instalación, turnos y nivel de riesgo según la Ley 21.659.
Propuesta a medida
Diseñamos dotación, protocolos y costos — sin plantillas genéricas.
Transición
Migramos tu operación con continuidad garantizada, sin turnos descubiertos.
Seguimiento
Supervisión y reportabilidad permanente desde el primer turno.
Hablemos de tu seguridad
Cuéntanos qué instalación necesitas proteger y qué nivel de riesgo aplica — te respondemos con una propuesta concreta, no una plantilla.